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JUSTIFICACIÓN DE FALTAS DE ASISTENCIA

JUSTIFICACIÓN DE FALTAS DE ASISTENCIA

Redacción Platero | 14/09/2024

Tal y como establece la normativa, las familias tienen el deber de garantizar la asistencia al Centro educativo de sus hijos e hijas y de colaborar activamente con el profesorado en la prevención, control y erradicación del absentismo escolar. De acuerdo con lo establecido en el artículo 5 de la Orden 19 de septiembre de 2005: “Se considerará que existe una situación de absentismo escolar cuando las faltas de asistencia sin justificar al cabo de un mes sean de cinco días lectivos en Educación Primaria y veinticinco horas de clases en Educación Secundaria Obligatoria, o el equivalente al 25% de días lectivos o de horas de clase, respectivamente”.

Es función del profesorado tutor de grupo controlar las faltas de asistencia y puntualidad y comunicar estas y otras incidencias a la jefatura de estudios y a las familias. Por tanto, ateniéndonos a la normativa citada, los padres, madres, tutores o tutoras legales tienen la obligación de notificar previamente, siempre que sea posible, la ausencia a clase del alumno o de la alumna. En todo caso, ante cualquier falta de asistencia del alumnado, los padres, madres, tutores o tutoras legales, deberán justificarla por escrito al profesorado tutor de grupo en los tres días siguientes a través de uno de los siguientes procedimientos:

  1. Comunicación escrita en soporte papel, que no sea la agenda.
  2. Comunicado a través de la plataforma iPasen

Cuando el motivo de las faltas de asistencia esté provocado por un VIAJE, los padres, madres, o guardadores legales, deberán firmar el documento donde conste tanto la fecha de partida como la fecha de regreso (solicitar al profesorado tutor). Estas faltas quedarán registradas en Séneca como faltas injustificadas y, siempre que estén bien motivadas, no se dará inicio (en ese momento) al Protocolo de Absentismo. Cuando llegada la fecha de regreso, si el alumno o la alumna no se ha incorporado al centro educativo, se iniciará protocolo de Absentismo.

En aquellos casos en que los padres, madres, o guardadores legales viajen por causas de fuerza mayor y no cuenten con ninguna persona en quien puedan delegar el cuidado de los menores, debiendo viajar los menores con ellos, tendrán la obligación de justificar esta ausencia de manera fundamentada (motivos laborales, fallecimiento de familiar...).


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